CONTRERAS ROBERTO EDUARDO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557 modificado por ley 27.348 y hace lugar a la demanda por enfermedad profesional, condenando a la demandada a pagar una indemnización por reparación sistémica. La decisión se fundamenta en la incompatibilidad de la artículo 12 con la Constitución Nacional y la jurisprudencia local, y en la valoración de la prueba médica y los parámetros de actualización salarial.
La sentencia fue dictada en el contexto de una demanda por prestaciones laborales por enfermedad profesional presentada por Roberto Eduardo Contreras contra Provincia ART SA. El actor, que trabajó como señalero desde 2006, sufrió patologías en su hombro izquierdo e hipoacusia, vinculadas a las tareas realizadas en un ambiente ruidoso y vibratorio. La prueba pericial médica determinó una incapacidad del 4,30% por hipoacusia bilateral, y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557, que establecía un módulo salarial depreciado, en consonancia con la jurisprudencia provincial que exige una reparación íntegra de la pérdida de capacidad de ganancia. La sentencia condena a la aseguradora a pagar $2.774.902,66 en concepto de indemnización, con intereses y actualización, y establece que las costas son a cargo de la demandada. La fundamentación principal se basa en la doctrina constitucional y la jurisprudencia que prohíben que las normas de carácter indemnizatorio de riesgos del trabajo reduzcan injustamente la reparación del trabajador, considerando además la inconstitucionalidad del módulo salarial depreciado.
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