ALDERETE ROBERTO MARTIN C/ LOBOS SEGURIDAD S.A y otros S/ DESPIDO
La Cámara homologó el desistimiento de la acción y la transacción entre las partes, confirmando el acuerdo y ordenando la homologación de la misma. Decidió además imponer costas a la parte demandada y regular honorarios, en atención a la validez y formalidad del acuerdo alcanzado.
La parte actora, Roberto Martin Alderete, promovió una acción por despido en contra de Lobos Seguridad S.A y Florencia Belen Coronel. Posteriormente, las partes celebraron una transacción, la cual fue presentada mediante escrito fechado 10/05/2025. La Cámara del Trabajo, tras analizar la validez de la transacción y el desistimiento, resolvió homologar ambos actos. La sentencia destaca que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad, sin que exista vicio de nulidad o contrariedad a leyes de orden público. Además, la homologación fue fundamentada en que la misma alcanzó una justa composición de derechos e intereses, y en que las cláusulas se consideran reproducidas en el expediente. La resolución también dispuso que las costas de la causa sean soportadas por la parte demandada Centro Construcciones S.A, y reguló honorarios profesionales y de perito, considerando la naturaleza y etapas del proceso. La decisión se fundamenta en los arts. 12 y 15 de la ley 20744, arts. 308 y siguientes del CPCC, y precedentes jurisprudenciales que validan la homologación y la validez del acuerdo transaccional. La homologación y la homologación de desistimiento permiten la conclusión del proceso en los términos acordados, con la firmeza y ejecutividad que confiere la intervención judicial. La resolución también ordena la realización de las acciones necesarias para la liquidación y notificación de la resolución.
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