SAYAVEDRA ALEXIS MARCELO C/ ECHEGARAY RAUL ALBERTO S/ DESPIDO
La homologación de la transacción por despido entre las partes fue aprobada por el tribunal, confirmando la conformidad de las partes y la legalidad del acuerdo, y ordenando su cumplimiento y costas.
- Quién demanda: SAYAVEDRA ALEXIS MARCELO
¿A quién se demanda?
RAUL ALBERTO ECHEGARAY
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de transacción por terminación del juicio por despido
¿Qué se resolvió?
Se homologó la transacción celebrada por las partes y se ordenó que las costas sean soportadas por el demandado, además de regular honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito de fecha 27/5/2025 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." "Las costas serán soportadas por la parte demandada RAUL ALBERTO ECHEGARAY." "Se regulan honorarios en las cantidades y conceptos indicados, teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos y las etapas cumplidas." "La homologación se realiza en virtud de la plena capacidad y voluntad de las partes, y la conformidad del acuerdo con la normativa vigente, además de la jurisprudencia aplicable." "Se cumple con el requisito de legalidad y voluntad, garantizando la validez del acuerdo y su ejecución." "El tribunal destaca que la homologación es la confirmación judicial de actos y convenciones que las partes voluntariamente celebran, asegurando su eficacia jurídica." Disidencias: No hay votos disidentes relevantes, todos los jueces adhieren a la homologación y orden de costas y honorarios.
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