SOTO PABLO MATIAS C/ AUSTRALIS EMPRENDIMIENTOS TURISTICOS S.R.L. Y OTRO/A S/ DESPIDO
Homologación de transacción entre las partes en proceso por despido, confirmando la validez y legalidad del acuerdo y estableciendo costas, honorarios y liquidaciones correspondientes. La sentencia valida la voluntad libre de las partes y la compatibilidad del acuerdo con el orden público laboral.
El Tribunal del Trabajo N° 1 del Departamento Judicial Dolores homologó la transacción celebrada por las partes en autos "SOTO PABLO MATIAS C/ AUSTRALIS EMPRENDIMIENTOS TURISTICOS S.R.L. Y OTRO/A S/ DESPIDO". La decisión se fundamenta en que las partes manifestaron su voluntad de forma libre, sin vicios ni ilegalidades, y que la transacción conforme a los arts. 12 y 15 de la ley 20.744 y el art. 308 del CPCC es válida y apropiada para poner fin al litigio. La homologación también abarca la regulación de honorarios profesionales, costas y liquidaciones de peritos, conforme a los montos y condiciones detalladas, y se ordena la acreditación del pago de tasas. Fundamentos principales: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DE FECHA 09/06/2025 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." "Las costas serán soportadas por la parte demandada Grupo Blend S.A, con excepción de los honorarios y aportes de la representación letrada de la codemandada Australis Emprendimientos Turísticos S.R.L los que serán soportados en el orden causado."
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