FERNANDEZ VANESA ALEJANDRA y otro/a C/ LA CASSINA SA y otro/a S/ DESPIDO
Tribunal del Trabajo N° 1 de Dolores homologó la transacción entre las partes y confirmó la finalización del juicio, considerando que la misma fue celebrada con plena capacidad y voluntad, sin nulidades ni contravenciones a leyes de orden público, y que la homologación confiere firmeza y eficacia al acuerdo alcanzado.
La demandante, Vanesa Alejandra Fernández, promovió una transacción con las demandadas La Cassina S.A, Patricia Alberto y Roque Luis Cassini, en la audiencia del 12/6/25, con el objeto de dar por terminado el juicio por despido. El tribunal consideró que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad y sin vicios. La sentencia señala: "entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el acta de audiencia de fecha 12/6/25 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." Además, se impusieron costas a las partes demandadas y se reguló el pago de honorarios profesionales y periciales. La homologación fue fundamentada en la jurisprudencia y en el artículo 308 del CPCC, afirmando que la homologación hace las convenciones más firmes, ejecutivas y solemnes. El tribunal también consideró que la transacción cumple con los requisitos legales, que no existe nulidad ni oposición a normas de orden público, y que la finalidad de la homologación es confirmar el acuerdo para que tenga eficacia jurídica plena. La resolución fue firmada por todos los jueces del tribunal y notificada electrónicamente, dejando constancia del cumplimiento de los requisitos procesales y legales para homologar el acuerdo.
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