MARQUEZ FEDERICO DANIEL C/ SANDOVAL OMAR Y OTROS S/ DESPIDO
El tribunal declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor en un proceso por despido. La causa fue archivada sin pronunciamiento sobre el fondo del reclamo, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios profesionales.
El actor Federico Daniel Marquez promovió una demanda por despido contra Omar Sandoval y/o Estación San Andres-Petroval S.R.L, reclamando $17.397,72. La demandada presentó su defensa, y posteriormente la abogada de la parte actora renunció a su mandato. Tras la inactividad procesal, el tribunal intimó a las partes en cumplimiento del art. 12 de la ley 11.653 (reformado por ley 15.057), y al no haber habido impulso en más de seis meses, declaró la caducidad de la instancia conforme al art. 315 del CPCC. La sentencia resolvió que, debido al vencimiento del plazo establecido y la falta de actividad procesal, corresponde declarar la extinción del proceso sin analizar el fondo de la demanda, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios profesionales para los abogados intervinientes. La sentencia fundamenta que "el legislador al introducir en el ámbito del fuero laboral el instituto de la caducidad de la instancia en el art. 12 de la ley 11.653 estableció, en su segundo apartado, la posibilidad de que, una vez transcurridos los plazos establecidos para cada procedimiento, se la pudiera declarar, bajo ciertos requisitos de cumplimiento insoslayable para los tribunales como resultan ser: intimar a las partes en forma previa para que produzcan actos útiles para la prosecución del proceso, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se procederá a decretar la caducidad de la instancia". La causa se encontraba sin impulso desde mayo de 2024, y el tribunal consideró que "el plazo de seis meses sin actividad procesal permite decretar la caducidad de la instancia". La resolución también regula honorarios, costas y notificaciones electrónicas, en línea con la normativa vigente.
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