ROLDAN GRACIELA NOEMI C/ CAZABAT NELIDA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal de Trabajo de Trenque Lauquen homologa acuerdo entre las partes y declara la extinción del juicio por homologación de convenio. La sentencia aprueba la transacción en la que la demandada abonará a la actora $470.000 en dos cuotas, y ordena diversas medidas de pago y formalidades para su efectiva implementación.
La demandante, Graciela Noemí Roldan, y la demandada, Nélida Cazabat, celebraron una transacción que fue presentada para su homologación. La sentencia establece que la parte demandada abonará la suma de $470.000 en dos cuotas iguales de $235.000 cada una, con la primera a 30 días y la segunda a 60 días de la homologación. La resolución destaca que la transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que se ha alcanzado una justa composición de los derechos conforme a la normativa laboral, en particular el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La homologación implica la conclusión del juicio sin que ello implique reconocimiento de los términos en litigio, y ordena las formalidades de pago, incluyendo apertura de una caja de ahorro "Beneficiario Judicial" y depósito en la cuenta del actor, con las formalidades y plazos correspondientes. La sentencia también regula los honorarios profesionales y las costas, y dispone la comunicación del acuerdo homologado a ARCA (AFIP). Se eximen a la parte demandada del pago del 50% del sellado, y se ordenan diversas notificaciones y formalidades para garantizar el cumplimiento. La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces, quienes firmaron en la ciudad de Trenque Lauquen.
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