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MAFFIOLI CATALINA C/ OLIVERIO PABLO ALEJANDRO S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de Trenque Lauquen rechazó el trámite del beneficio de litigar sin gastos solicitado por Catalina Maffioli, fundamentando que el derecho ya está legalmente reconocido, y confirmó la improcedencia del beneficio sin costas.

Acceso a la justicia Beneficio procesal Litigar sin gastos Proteccion del trabajador Justicia laboral Primera instancia. Ley 15.057 Constitucion provincia de buenos aires Exencion costas Tramite improcedente

La actora, Catalina Maffioli, solicitó el beneficio de litigar sin gastos en un juicio por despido contra Pablo Alejandro Oliverio. La jueza de primera instancia, basada en los artículos 27 Ley 15.057, 20 de la Ley de Contrato de Trabajo y el artículo 39 inciso 3 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, consideró que este beneficio es un derecho legalmente reconocido para las personas trabajadoras, con el fin de garantizar el acceso a la justicia, y que en su caso, no era necesario tramitarlo nuevamente. La fundamentación principal fue que "en el fuero laboral de la Provincia de Buenos Aires, rige lo dispuesto por el artículo 27 Ley 15.057, 20 de la LCT y art. 39 inc.°3 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que otorga el beneficio de gratuidad a las personas trabajadoras por el sólo hecho de serlo". Además, indicó que "quien goza del beneficio no puede ser ejecutado por las costas procesales en tanto no varíe su situación patrimonial". La mayoría de los jueces adhieren a estos fundamentos y rechazan la tramitación del beneficio. La resolución concluye que "no dar trámite por improcedente al beneficio de litigar sin gastos peticionado", sin costas, de acuerdo a los artículos 68 del CPCC y 24, segundo párrafo, de la Ley 15.057.

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