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BUGARINI CHRISTIAN OMAR C/FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR"

El Tribunal del Trabajo N° 1 de Necochea confirmó la condena a la Fiscalía de Estado de Buenos Aires a abonar honorarios profesionales al Dr. Christian Omar Bugarini, rechazando la constitucionalidad del art. 5° de la resolución 034/19 y regulando honorarios en 7,44 JUS, por considerarlos justos y proporcionales. La sentencia fundamenta la inconstitucionalidad del art. 5° de dicha resolución, y ratifica el derecho del profesional a percibir honorarios por la actuación extrajudicial en sede administrativa, en línea con la legislación vigente y los precedentes constitucionales y legales aplicables.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Riesgos del trabajo Comision medica Ley provincial Ley 14.967 Actividad extrajudicial Inconstitucionalidad resolucion 034/19 Sentencia de primera instancia.

El actor, Christian Omar Bugarini, demanda contra la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires por honorarios derivados de su actuación como letrado patrocinante en la gestión extrajudicial ante la Comisión Médica N° 123, en el expediente SRT N° 128707/23. La parte demandada rechazó la pretensión alegando que no se había ofrecido pagar honorarios superiores al 5% y que no existió acuerdo firmado de honorarios. La Cámara, por mayoría, consideró probada la intervención del actor en la etapa de audiencia de acuerdo, homologada en sede administrativa, y que los honorarios deben ser regulados en función del monto de la indemnización (22.477.497,04 pesos). La mayoría declaró la inconstitucionalidad del art. 5° de la resolución 034/19, que pretendía limitar los honorarios al 5%, y en consecuencia, hizo lugar a la demanda, regulando honorarios en 7,44 JUS, equivalente a 302.688,96 pesos. La sentencia destaca que la actividad del letrado fue oficiosa y que la ley 14.967 establece un mínimo arancelario que debe respetarse, rechazando también la regulación que pretendía imponer la normativa ministerial por considerarla inconstitucional. Además, se ordenó el pago en 60 días por parte de la demandada, costas a cargo de la parte vencida, y se dispuso la regulación de honorarios a favor del letrado del actor y del profesional que intervino en la causa, rechazando honorarios al letrado de la Fiscalía por inaplicabilidad de la normativa específica.

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