Logo

RODRÍGUEZ JORGE ADRIÁN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ DIFERENCIAS SALARIALES

La sentencia condena a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a abonar diferencias salariales por incapacidad laboral temporaria y declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 para la correcta actualización del crédito.

El actor, Jorge Adrián Rodríguez, demanda a Provincia A.R.T. S.A. por diferencias en prestaciones dinerarias derivadas de un accidente laboral ocurrido el 14/01/2022, alegando que las sumas abonadas por la aseguradora fueron insuficientes y que no se aplicó correctamente la fórmula de cálculo del ingreso base. La causa se sustenta en que las prestaciones por ILT deben calcularse considerando las remuneraciones de los últimos seis meses efectivos de trabajo para el empleador del accidente, en línea con la normativa vigente y precedentes jurisprudenciales. La sentencia reconoce la validez del método de cálculo propuesto, ajusta el monto de las diferencias a $2.313.191,15, y declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por afectar la equivalencia y actualización del crédito, en línea con la doctrina del fallo "Barrios". Fundamentos principales: "Se observa que las partes admitieron el accidente y las prestaciones abonadas, pero la controversia radica en el cálculo correcto del ingreso base para determinar las diferencias salariales. La jurisprudencia y normativa vigente, en especial la Resolución 18/97 de la CNTA, establece que en casos de trabajadores temporarios y no permanentes, el ingreso base debe calcularse en función de las remuneraciones efectivamente devengadas en los últimos seis meses efectivos de trabajo, incluyendo el día del accidente, divididas por los días efectivamente trabajados, y no solo por el último ciclo contractual, en línea con el art. 208 de la Ley de Contrato de Trabajo y el Decreto 1694/09." "Asimismo, la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por afectar la actualización monetaria y la equivalencia del crédito, se fundamenta en que dicho artículo impide la indexación y actualización del capital, provocando una pérdida patrimonial significativa en desmedro del trabajador, en contravención con los arts. 14 bis, 31, 75 inc. 19 de la Constitución Nacional, y los arts. 15 y 39 de la Constitución Provincial, siguiendo la doctrina del fallo 'Barrios'." "El monto actualizado de la condena, incluyendo los intereses, asciende a $26.213.492,04, aplicando el índice RIPTE desde la fecha del siniestro y tasas de interés del 3% anual, con intereses moratorios del 6% en caso de incumplimiento, en línea con los lineamientos de la SCJ

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar