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HERNANDEZ SOFIA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR".

La demanda por honorarios de la Dra. Hernández Sofía contra la Provincia de Buenos Aires fue acogida, declarando la inconstitucionalidad del art. 5º de la Resolución 034/19 y condenando a la Provincia al pago de honorarios regulados en 8,27 JUS. La sentencia destaca que la actividad extrajudicial fue acreditada, pero el art. 5º de la resolución impugnada viola principios constitucionales.

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- La actora, Dra. Hernández Sofía, demanda por honorarios por su asistencia en la gestión extrajudicial en expediente administrativo SRT N° 477776/24.
- La demandada, la Provincia de Buenos Aires, Fiscalía de Estado, se opone argumentando que no existió acuerdo de honorarios y que los honorarios deben regularse en un 5% del monto del acuerdo.
- La sentencia reconoce la intervención de la actora en la tercera etapa del expediente administrativo, homologando acuerdo con un monto de $7.288.149,57 y acreditando su participación.
- La Sala declara la inconstitucionalidad del art. 5º de la Resolución 034/19, por violar la independencia judicial y principios constitucionales, y condena a la Provincia de Buenos Aires a pagar honorarios de 8,27 JUS, equivalentes a $336.456,68, más aportes y IVA.
- Dispone que los honorarios se paguen en 60 días, y las costas son a cargo de la demandada.
- La fundamentación principal sostiene que la norma impugnada vulnera los arts. 16, 17, 28, 75, 76, 99 inc. 2° y 121 de la Constitución Nacional, y arts. 45, 57, 103 inc. 13 de la Constitución Provincial, al limitar arbitrariamente los honorarios profesionales y legislar en competencia de los poderes Legislativo y Judicial.
- Además, se regula la regulación de honorarios conforme a los arts. 15, 16, 21 y 22 de la Ley 14.967, aplicando un mínimo de 7 JUS, en línea con la jurisprudencia que impide honorarios irrisorios en causas de bajo monto.
- La sentencia también declara la inconstitucionalidad del art. 5º de la Resolución 034/19 y establece que los honorarios deben pagarse en 60 días.

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