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ANDINO ROCIO VANESA C/ ASOCIART ART SA S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE

La demanda por prestaciones del sistema de riesgos del trabajo por fallecimiento fue rechazada, confirmando que el pago realizado a la conviviente es ajustado a la ley, ya que ella ostentaba la condición de beneficiaria preferente y legítima heredera del causante.

Rechazo de demanda Legitimacion activa Conviviente Cosa juzgada administrativa Procedimiento laboral Enfermedad profesional no listada Ley 24.241 Ley 24.557 Fallecimiento por covid-19 Prestaciones del sistema de riesgos del trabajo Beneficiario preferente

El tribunal analizó la procedencia de la demanda de Rocío Vanesa Andino contra Asociart ART S.A por prestaciones por fallecimiento del señor Luis Esteban Andino, quien falleció el 1 de junio de 2021 como consecuencia de Covid-19, calificado como enfermedad profesional no listada. La actora, hija mayor, fue declarada heredera única y universal por la justicia, pero la aseguradora acreditó que la beneficiaria por la cual efectuó el pago de prestaciones fue Sonia Lía Sánchez, conviviente del causante y beneficiaria de la pensión por fallecimiento del mismo. La jurisprudencia y legislación aplicable (art. 18 y 53 de la Ley 24.557, Ley 24.241 y su reglamentación) fueron interpretadas en favor de la conviviente, desplazando a la hija por no concurrir las excepciones legales. El tribunal consideró que la indemnización pagada a Sánchez fue ajustada a derecho. Se resolvió que la demanda de la actora debía ser rechazada por falta de legitimación activa, en tanto que la beneficiaria reconocida por la aseguradora ostenta prioridad legal y constitucional. La valoración de la prueba y la normativa vigente sustentaron la decisión.

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