FUCCHI MARCOS ALEJANDRO Y OTROS C/ NAZAR SANTIAGO PEDRO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal del Trabajo homologó acuerdo de las partes y dictó sentencia con fuerza de cosa juzgada
El tribunal analizó el acuerdo homologado entre las partes en el proceso laboral, considerando que fue presentado conforme a las formalidades del Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039, y que no viola la norma del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los jueces concluyeron que el acuerdo constituye una justa composición, por lo que dictaron sentencia homologando y con fuerza de sentencia definitiva. La decisión también impuso las costas a la parte demandada y ordenó el depósito de las sumas correspondientes a la tasa de justicia y contribución, estableciendo además las regulaciones de honorarios y los pasos para el cumplimiento de los pagos. La fundamentación se basa en que el acuerdo es válido, conforme a la legislación laboral y la jurisprudencia aplicable, y que no existen motivos que justifiquen su rechazo o la declaración de nulidad. Los votos en disidencia no se registran, ya que todos los jueces votaron en un mismo sentido.
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