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CAVALIERI MARIA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS) S/ AMPARO POR MORA

La Cámara de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo en La Plata ordena al IPS a responder en 15 días por mora en trámite de expediente administrativo, confirmando la sentencia que condenó al organismo por incumplimiento de plazos administrativos.

Jurisprudencia Incumplimiento Procedimiento administrativo Derecho constitucional Administracion publica Amparo por mora Plazos administrativos Reajuste jubilatorio La plata. Ley 7.647/70

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María Cavalieri, promueve una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social (IPS) para que expida una resolución respecto del reclamo de reajuste jubilatorio presentado el 25/09/2024. La sentencia de primera instancia, basada en el incumplimiento de los plazos administrativos previstos por la ley provincial, declaró procedente la acción y ordenó al IPS a dictar resolución en 15 días. La fundamentación principal señala que los plazos administrativos son obligatorios y su incumplimiento vulnera garantías constitucionales, como el derecho a la defensa y el debido proceso. La sentencia destaca que no consta en autos el informe requerido, y que el trámite fue presentado con fecha, por lo que el plazo para responder ya está vencido, configurando una mora. La decisión fue notificada en forma automatizada y las costas se imponen a la demandada.

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