ORTIZ VIVIANA ITATÍ C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce parcialmente el derecho de Viviana Ortiz al beneficio del subsidio previsto en la ley 13.985 desde el 13-09-2020, y declara la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto reglamentario n° 149/10, por exceder las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo. Además, ordena el reconocimiento del subsidio en los términos previstos y la aplicación de intereses, dejando en claro la naturaleza asistencial del beneficio y su compatibilidad con otras indemnizaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Viviana Ortiz, demanda en representación de su hijo menor y en su propio nombre contra la Provincia de Buenos Aires, solicitando el reconocimiento del beneficio del subsidio establecido en la ley 13.985, por el fallecimiento de Leonardo Ricardo Ledezma, policía de la provincia. Reclama que dicho subsidio sea equivalente a lo que percibe un teniente primero del subescalafón general, desde el 13-09-2020, y cuestiona la constitucionalidad del artículo 3 del decreto reglamentario n° 149/10, por limitar indebidamente el monto del beneficio a la suma equivalente al sueldo básico más bonificación remunerativa y no bonificable, en contravención a la ley. La sentencia analiza la naturaleza del beneficio, concluye que es asistencial y no indemnizatoria, y que es compatible con otras prestaciones, por lo que se reconoce el derecho de la actora a percibir el subsidio en los términos de la ley 13.985 desde la fecha del fallecimiento, declarando la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto reglamentario. Se ordena además el pago de intereses y costas. La sentencia también señala que la beca para el hijo menor debe solicitarse en sede administrativa, dado que no se acreditó su concesión en el expediente. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia y en la interpretación constitucional y legal del beneficio social, distinguiéndolo claramente de una indemnización civil.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: