SANTOS SUSANA MONICA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
La Cámara ordena a la Administración que cumpla con el plazo legal para resolver el pedido de moratoria jubilatoria, confirmando la condena por mora debido a la demora injustificada en la emisión del beneficio solicitado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Susana Mónica Santos, demanda al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) por mora en la resolución de su solicitud de beneficio jubilatorio presentada el 30/09/2015. La Cámara señala que, dado que la normativa provincial y el decreto-ley nº 7.647/70 establecen plazos obligatorios para la administración, la falta de respuesta en un plazo que excede lo razonable configura mora administrativa. La falta de informe del organismo y la evidencia que surge de la documentación acompañada, en la que se evidencia que el plazo para resolver ya venció, justifican la procedencia del amparo. La sentencia condena al IPS a expedirse en 15 días y confirma la responsabilidad por la demora. La ley garantiza el derecho a una decisión fundada y oportuna, y la omisión de la autoridad constituye acto irregular que vulnera derechos constitucionales y legales. La condena también implica el pago de costas a la demandada y regulación de honorarios.
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