FERNANDEZ GILDA MARIELA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
La Cámara de La Plata confirmó la acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social, ordenando que se expida en 15 días, tras constatar incumplimiento de plazos administrativos y vulneración del derecho a una decisión oportuna y fundada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Gilda Mariela Fernández, demanda al Instituto de Previsión Social por mora en la respuesta a un reclamo administrativo presentado el 20/10/2023.
- La autoridad demandada no se ha expedido dentro del plazo legal, vulnerando los principios de celeridad y debido proceso.
- El tribunal analizó los antecedentes normativos y principios constitucionales, concluyendo que la demora constituye mora administrativa, habilitando la vía del amparo.
- La sentencia ordena a la demandada que se expida en 15 días, con costas a la parte vencida y regulación de honorarios.
- Se fundamenta en que la normativa provincial y los principios constitucionales garantizan la obligación de la administración de resolver en plazo razonable, y que el incumplimiento vulnera garantías constitucionales y el derecho a una respuesta fundada y oportuna.
- La demora en la resolución administrativa fue acreditada, y la orden judicial busca garantizar el derecho del administrado a una pronta respuesta sin que ello implique juzgar el fondo del reclamo.
- La sentencia destaca que la finalidad del proceso por mora es solo procurar el pronto despacho, no resolver el fondo del asunto.
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