BOLZAN MARINA ELISABET C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
La Cámara ordena al IPS que responda en 30 días a la acción de amparo por mora presentada por Bolzan Marina Elisabet, debido a la demora en tramitar su expediente previsional. La decisión se fundamenta en la constatación de que la administración incurrió en mora al no expedirse en tiempo y forma.
Quién demanda: Bolzan Marina Elisabet
¿A quién se demanda?
Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Orden judicial para que el IPS despache el reclamo administrativo en plazo, por mora en el trámite del expediente N° 021557-677754-0-24-000
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la acción de amparo por mora y se ordena al IPS que despache el reclamo en 30 días, bajo apercibimiento de sanciones.
Fundamentos principales de la decisión:
- La documentación demuestra que las actuaciones permanecen en el "Departamento Regulación del Haber Docente" desde el 20/12/2024, sin que la demandada se haya expedido aún.
- Transcurrieron más de cinco meses desde el último movimiento y no se emitió acto administrativo.
- La demora excede los plazos previstos por los arts. 76 del CCA y 77 del Dec. Ley 7647/70, configurando así la mora administrativa.
- La mora incide en la obligación de la administración de responder en tiempo y forma, y su incumplimiento justifica la vía de amparo.
- La omisión de la administración genera un daño al administrado, que se ve obligado a acudir a la vía judicial para obtener una respuesta.
- Se imponen las costas a la parte demandada y se regula honorarios en cinco unidades arancelarias JUS más aporte legal y IVA, sin regulación a favor del letrado de la parte demandada.
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