OCAMPO GABRIEL ADRIAN S/ SUCESION AB-INTESTATO
Decisión judicial que ordena diversos oficios y diligencias relacionados con la tramitación de un proceso de sucesión y cumplimiento de requisitos formales y fiscales; además, dispone el cumplimiento de varias normativas y la remisión de información a diferentes organismos.
La jueza ordena el libramiento de oficios a BANCO INDUSTRIAL S.A. y a OPENPAY para la realización de diligenciamiento y acreditación de información, en atención a las solicitudes presentadas por la Dra. Gabriela Veronica DE PASCALE. Además, se ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos respecto del 100% de los bienes rodados, con certificado de dominio en autos, y se dispone la emisión de oficios electrónicos al Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Se requiere que el profesional actuante acompañe la Valuación Fiscal vigente, y se advierte que en caso de no hacerlo, deberá presentarse la póliza de seguros o publicaciones vigentes. La resolución también exige el cumplimiento de obligaciones fiscales, como la denuncia de CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (CUIT), y la presentación de informes de cesión de derechos, títulos de propiedad, declaración jurada patrimonial, y pago de tasas y contribuciones correspondientes. Asimismo, se ordena remitir oficio a PLAN ROMBO S.A. para verificar la existencia de seguros de vida y la cancelación de prendas, en caso de existir. Finalmente, se da vista a la Asesoría de Incapaces N° 2 Departamental y se notifica de oficio a las partes. La resolución detalla cada paso a seguir y los requisitos formales y documentales que deben cumplirse, en línea con las normativas aplicables y procedimientos administrativos y fiscales. Fundamentos principales: "De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en fecha 14/05/2025, con relación al (100%) de los bienes rodados cuyo certificados de dominio obra en autos..." "PREVIAMENTE: A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, y graduar el pago de la Tasa de Justicia y su Contribución, deberá acompañar la Valuación Fiscal VIGENTE..." "En atención a que no se ha acompañado las piezas que se dicen acompañar (art. 116 del CPCC), hágase saber que deberá: 1) Asimismo, deberá darse cumplimiento con la Resolución de la SCBA 432/00 y Dec. 387/00..." "Finalmente, atento cuanto emerge de los informes de dominio acompañados (prendas), líbrese oficio al PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES D
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