SM C/ L * S.A. S/DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia condenó a la empresa L S.A. por daños y molestias causadas por el lavadero de colectivos, confirmando la responsabilidad y ordenando medidas de reparación y prevención. La apelación fue rechazada, manteniendo la decisión de primera instancia.
La acción fue iniciada por M S contra L S.A. por daños y perjuicios derivados del funcionamiento de un lavadero de colectivos en un predio lindero a su vivienda. La demandante alegó daños materiales en su propiedad, humedad, rajaduras, desprendimientos, daño moral y uso indebido de medianera. La demandada negó los hechos, argumentando que el lavadero fue instalado en febrero de 2017 y que no causa los daños denunciados, ofreciendo prueba en consecuencia. La prueba pericial arquitectónica y testimonial concluyó que el funcionamiento del lavadero genera humedad, filtraciones, rajaduras, ruidos y molestias que exceden la normal tolerancia, afectando la vivienda de la actora. La responsabilidad de la demandada fue acreditada por la existencia del daño y la relación causal, sin que la defensa lograra desvirtuar el nexo causal. Se dispuso la realización de inspecciones y obras preventivas en un plazo de 30 días, y se condenó a la demandada a pagar la suma de por daños materiales y daño moral, además de costas. La apelación fue rechazada y la sentencia quedó firme.
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