.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires anuló la sentencia que absolvió a los imputados por el delito de comercio ilegal de estupefacientes y ordenó un nuevo pronunciamiento. La decisión se basa en que la valoración de la prueba fue arbitraria y que la calificación legal fue incorrecta.
El recurso de casación fue interpuesto por el Fiscal General y el defensor particular de Germán Nahuel Salas contra la sentencia que absolvió a Salas, Cornes y Rodríguez del delito de comercio ilegal de estupefacientes. El tribunal argumentó que la sentencia de primera instancia no valoró adecuadamente la prueba y que la calificación jurídica aplicaba incorrectamente, pues se requería comprobar la efectiva comercialización, lo cual no fue acreditado en la valoración del tribunal. La evidencia presentada incluía allanamientos, secuestros de drogas fraccionadas y elementos que indicaban la finalidad de venta, además de interceptaciones telefónicas y vigilancias que demostraban la actividad ilícita. El tribunal sostuvo que la escasa cantidad de droga no impedía presumir la finalidad de comercialización, pues los indicios eran suficientes para considerar que la droga estaba destinada a la venta minorista, y que la valoración de la prueba fue sesgada, por lo que correspondía la nulidad y el reenvío para un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho. La sentencia también analizó la calificación jurídica, señalando que la ley 23.737 tipifica la tenencia con fines de comercialización, y que la mera tenencia puede configurarse como delito de peligro por la finalidad de la misma. La resolución fue apelada por ambas partes, y la Cámara de Casación concluyó que la valoración de la prueba por la sentencia de primera instancia fue arbitraria y que la calificación legal no fue correcta, por lo que hizo lugar al recurso de casación del Fiscal y anuló la sentencia, ordenando el reenvío.
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