ENGENUS S.R.L. C/ ENRIQUEZ TEVEZ SERGIO MATIAS S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordenó la ejecución del pago de $15.000, intereses compensatorios y punitorios, y dispuso las formalidades procesales correspondientes. La decisión consideró la normativa sobre intereses y la relación de consumo en el título ejecutivo.
La parte actora, ENGENUS S.R.L., promovió una ejecución contra Sergio Matías Enríquez Tevez por un crédito de $15.000,00, intereses compensatorios desde la firma del contrato (23/10/2018) hasta la mora (23/11/2018) y punitorios posteriores. La sentencia ordenó el pago en la forma y plazos establecidos, con costas al ejecutado y regulación de honorarios pendiente. El tribunal fundamentó que, al no haberse opuesto excepciones dentro del plazo, el derecho del demandado se consideró perdido (art. 155 del CPCC). Además, reconoció que, dado que el título trae una relación de consumo, debe armonizarse la normativa específica con la de documentos de crédito circulatorios. En relación a los intereses, el tribunal sostuvo que estos son pactables con libertad, pero deben ajustarse a una tasa no superior a la tasa de descuento del Banco de la Nación Argentina en operaciones normales (art. 771 del Código Civil y Comercial). Por ello, los intereses pactados (compensatorios y punitorios) serán reducidos en consecuencia. La sentencia también dispuso que el ejecutado fue constituido en domicilio en los Estrados del juzgado y que fue notificado en su domicilio real, dejando constancia de las formalidades procesales. La decisión fue fundamentada en los arts. 540 y 549 del CPCC, y en los arts. 767, 768, 790, 10, 279 y 771 del Código Civil y Comercial. La resolución fue emitida por el juez Gorostegui y se realizó la comunicación a la Fiscalía y la agencia fiscal digital para su conocimiento.
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