.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal declara abstracto el recurso de queja por resolución que ha sido resuelta favorablemente en la instancia de origen, confirmando que el tratamiento en sede de queja resulta insustancial tras la concesión de excarcelación en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La queja fue interpuesta por los defensores particulares de Gustavo Dario Gadda contra una resolución de la Cámara de Apelaciones que rechazó el recurso de casación y confirmó la denegatoria de excarcelación por parte de la jueza garante. Los defensores alegaron que la resolución desconocía derechos constitucionales y principios del proceso penal, solicitando la libertad del imputado. La fiscal adjunta Daniela Bersi propuso rechazar la queja. Los jueces Kohan y Natiello consideraron que, con la concesión de la excarcelación en la juzgado en lo Correccional, el tratamiento de la queja en esta instancia resultaba abstracto y sin sentido, dado que la situación procesal había sido resuelta favorablemente en la instancia de origen. Por ello, declararon la cuestión abstracta y resolvieron el rechazo del recurso de queja, sin costas.
Fundamentos principales:
"Entiendo que sí, la cuestión ha devenido abstracta, puesto que conforme surge del R.U.D. y de la certificación practicada, con fecha 28/04/2025 el Juzgado en lo Correccional n°1 del departamento judicial La Plata concedió la excarcelación a favor de Gustavo García Gadda. En función de lo expuesto, el tratamiento en esta sede del planteo traído por la defensa del encausado carece de sentido y resulta insubstancial (art. 448 -a contrario
- del CPP)."
Los jueces adhieren a la conclusión que, una vez concedida la excarcelación en la instancia de origen, la cuestión en sede de queja pierde relevancia y se vuelve abstracta, por lo que no corresponde mayor pronunciamiento.
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