.................... S/ HABEAS CORPUS
La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires ordena remitir la acción de Hábeas Corpus presentada por Cristian Muñoz Mendoza al Juzgado de Ejecución Penal de San Isidro para que resuelva con urgencia. La decisión busca garantizar el derecho de defensa y la vía previa al recurso de amparo.
Quién demanda: Cristian Muñoz Mendoza, detenido en la Unidad Nro. 9 de La Plata, beneficiado con salidas extraordinarias y solicitando permanecer en esa unidad.
¿A quién se demanda?
Juzgado de Ejecución Penal n° 1 de San Isidro, a través de la remisión de la acción.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La acción de Hábeas Corpus para que se ordene su permanencia en la unidad, alegando que su situación no está contemplada en los supuestos del art. 405 y sgtes. del CPP.
¿Qué se resolvió?
La Cámara decide remitir la presentación al Juzgado de Ejecución Penal de San Isidro para que resuelva con urgencia, previa intervención de la defensa y canalización de las pretensiones del imputado. Fundamentos principales: "En la inteligencia de que los reclamos de quienes se encuentran privados de la libertad, más allá de los reparos formales que pudieran merecer, deben ser considerados como una manifestación de voluntad de interponer los recursos de ley", y que "cabe reencausar esa petición y más allá del nomen iuris empleado". La Corte sostiene que, ante la existencia de una acción de hábeas corpus, la misma debe ser canalizada por la vía correspondiente, en este caso, el Juzgado de Ejecución Penal. Además, se señala que la finalidad del hábeas corpus es garantizar la libertad y la integridad personal, y que la intervención del órgano judicial de origen es necesaria para resolver la situación de modo efectivo. Disidencias: No se registran votos en disidencia.
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