FORCHI LUCAS FRANCISCO C/ ANDRADE DAVID EDGARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Homologa acuerdo conciliatorio en proceso por daños y perjuicios por accidente de tránsito; el tribunal aprueba la regulación de honorarios basada en el acuerdo de $5.000.000 y las tareas realizadas, y fija los montos de honorarios y tasa de justicia en atención a las normas procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por Lucas Francisco Forchi contra David Edgardo Andrade y otros por daños derivados de un accidente automovilístico. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio que fue presentado para homologación y aprobación judicial. El tribunal, en uso de las facultades que le confiere el art. 308 del C.P.C.C., homologó el acuerdo aducido en formato PDF, disponiendo que las costas se imponen a la citada en garantía conforme a la cláusula tercera del acuerdo. Además, regula los honorarios de los letrados en base a la suma de $5.000.000, estableciendo los montos y la forma de pago, conforme a la ley 6716 y ley 10.268, y la ley 14.967. vigente. Asimismo, se regula el pago de honorarios de la letrada Dra. Lorena Soares Pimenta en la suma equivalente a 13.04 JUS, incluyendo aportes previsionales e IVA, y se practica la liquidación de tasa de justicia por un monto de $110.000, con instrucciones para su pago y notificación. La resolución se fundamenta en que las tareas realizadas en el proceso, incluyendo la homologación del acuerdo y regulación de honorarios, cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. La notificación se realiza conforme a la ley 8904 (actual ley 14.967), garantizando la validez y firmeza de los honorarios y tasas reguladas, con plazos de pago y mecanismos de recaudación establecidos.
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