.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala III del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que unificó penas por delitos cometidos en distintas causas, confirmando la decisión y las penas impuestas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso fue presentado por la Defensa Oficial de Brandon Elías Godoy Gómez, quien cuestionó la legalidad de la pena única de dos años y ocho meses de prisión, alegando que la sentencia no fundamentó adecuadamente la determinación de la pena y que se valoraron atenuantes y agravantes sin una fundamentación racional. La Sala analizó que la condena inicial en la causa 20-01-1151-24 fue por lesiones leves y amenazas con arma, y la sentencia posterior por robo calificado en banda. Se concluyó que existió una violación a las reglas del concurso real, ya que en el momento del primer pronunciamiento aún estaba en trámite la investigación por ese hecho. La sentencia impugnada aplicó una pena unificada conforme a las reglas del concurso real, respetando las disposiciones del artículo 58 del Código Penal y la doctrina jurisprudencial, sin que exista error en la valoración del tribunal. La defensa pretendía reducir la pena, pero la Sala consideró que la pena impuesta fue adecuada y fundada en las circunstancias del caso. En conclusión, el tribunal rechazó el recurso, confirmando la sentencia de primera instancia. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "La sentencia dictada por el tribunal de primera instancia parte del respeto de las ilicitudes verificadas en ambos pronunciamientos, calificaciones establecidas, circunstancias individualizadoras de las penas, esto es, sin alterar las declaraciones obtenidas en cada uno de los fallos, sin fundamento alguno para que el dictado de la pena que le ha sido impuesta con anterioridad produzca un beneficio en la situación del inculpado, más allá de que en el caso insisto, ni siquiera se aplicó la suma aritmética de las mismas." "Se concluye que la valoración de la pena única, incluso con un método composicional, fue correcta y fundada en los elementos del expediente, sin que exista error en la aplicación del sistema del concurso real." "No se trata de una cuestión dogmática ni de una valoración subjetiva, sino de una decisión fundada en la normativa vigente y en la jurisprudencia consolidada."
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