PILI MERCEDES C/ IRIGARAY CRISTIAN DAMIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condena a los demandados por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del conductor Irigaray y las aseguradoras en la responsabilidad objetiva y la cuantificación de los daños. La decisión se basa en la prueba pericial y la mecánica del hecho probada en autos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Mercedes Pili y su hija Rocío demandan por daños y perjuicios tras un accidente ocurrido el 9/8/2014, en Balcarce, en el que el vehículo conducido por Irigaray embistió en la parte trasera al vehículo de la madre, que estaba detenido. La actora argumenta que las lesiones sufridas por su hija y ella misma derivan del impacto, afectando su salud, integridad y economía. La sentencia analiza la responsabilidad objetiva del conductor por el riesgo inherente a la circulación vehicular, y la falta de prueba concluyente sobre culpa del tercero Popp. Se rechazan las alegaciones de culpa de la víctima y la responsabilidad de las aseguradoras por la inexistencia de hechos que acrediten la culpa del asegurado Popp, quien no fue demandado. Se confirma la responsabilidad del demandado Irigaray y de las aseguradoras en la medida del seguro, condenándolos al pago de $5.200.000, con intereses y costas. Se desestiman los daños estéticos, morales y futuros por patologías preexistentes, valorando únicamente las lesiones físicas y la incapacidad transitoria y permanente probada. La sentencia se fundamenta en la mecánica del hecho, la falta de prueba del tercero responsable, la responsabilidad objetiva del conductor, y la valoración de la prueba pericial médica y mecánica.
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