AGUAS BONAERENSES S.A. C/ MORON ERNESTO RUFINO S/ COBRO EJECUTIVO
El juez se aparta de la jurisdicción en un expediente de cobro ejecutivo y remite el mismo al Juzgado Civil y Comercial N° 21 Departamental, en virtud del fuero de atracción ejercido por dicho tribunal. La decisión se fundamenta en la tramitación del juicio sucesorio del ejecutado y la normativa aplicable del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez Juan Jose de Oliveira, en atención a la información del Registro de Juicios Universales y la copia de la declaratoria de herederos del ejecutado Ernesto Rufino Morón, decide apartarse de la jurisdicción en el presente expediente de cobro ejecutivo. La resolución se fundamenta en la acreditación de la tramitación del juicio sucesorio en el Juzgado Civil y Comercial N° 21 Departamental, atendiendo lo normado por el art. 2336 del Código Civil y Comercial de la Nación y jurisprudencia relacionada. El juez remite el expediente al mencionado juzgado, ejerciendo el "fuero de atracción" y dejando constancia en el sistema informático. La resolución se firma digitalmente, y se ordena su notificación y remisión para la continuidad del trámite en la otra jurisdicción.
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