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PEREYRA LEANDRO JULIAN Y OTRO/A C/ GONZALEZ WALTER LUIS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia condenó al demandado por responsabilidad en accidente de tránsito y fijó una indemnización de aproximadamente 23 millones de pesos, confirmando la responsabilidad del demandado y la procedencia de los rubros reclamados.

Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Costas Responsabilidad civil Dano psicologico Danos materiales Teoria del riesgo Danos por accidente de transito

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Leandro Julian Pereyra, demanda daños y perjuicios contra Walter Luis González por un accidente de tránsito ocurrido el 19/8/2019 en Villa Bosch, Tres de Febrero, en el que el vehículo del actor fue colisionado por el vehículo del demandado que circulaba con velocidad superior a la reglamentaria y sin respetar la prioridad de paso, violando la Ley de Tránsito Provincial. La sentencia establece que la responsabilidad del demandado se encuentra acreditada por no comparecer, la prueba pericial y la declaración del testigo, aplicando la teoría del riesgo y la responsabilidad objetiva, y que el accidente fue causado por la culpa del demandado. La sentencia condena a González a pagar una suma total de $22.999.027,97, incluyendo intereses y costas, con efectos extensivos a la aseguradora en liquidación. La fundamentación destaca que la responsabilidad del demandado resulta acreditada por la inversión de la carga probatoria, la declaración del pliego de confesión y la prueba pericial. La pericia mecánica concluyó que el vehículo del actor sufrió daños por un impacto tangencial, y que la prioridad de paso en la intersección era del actor. La valoración del daño material se actualizó a $409.027,97, la incapacidad sobreviniente en 8% (equivalente a $13.000.000), daño psicológico en $5.040.000, daño moral en $3.900.000 y gastos médicos en $650.000. La sentencia ordena el pago en el plazo de 10 días y establece intereses desde la fecha del siniestro, aplicando tasa pasiva más alta desde el momento del fallo. Las costas se imponen a la parte vencida. La apelación no fue presentada por el demandado, por lo que la sentencia se confirma en todas sus partes.

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