LOBOSCO LUCAS NAZARENO C/ MOMBELLI HECTOR RAUL Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El beneficiario de litigar sin gastos fue concedido en un proceso civil, permitiéndole litigar contra M.H.R. y S.B.R.C.L. sin pagar costas, conforme a las disposiciones del CPCC. La decisión se fundamenta en las probanzas y declaraciones testimoniales, en línea con los arts. 78, 79, 81 y 84 del CPCC, y se notifica electrónicamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
L.L.N. solicita y obtiene el beneficio de litigar sin gastos en un proceso civil contra M.H.R. y S.B.R.C.L. La resolución se basa en las declaraciones testimoniales de A.S.M., T.A., e I.G., que fueron aprobadas en el acto, y en el cumplimiento de los artículos 78, 79, 81 y 84 del CPCC. La Cámara concede el beneficio, permitiendo a la parte actora litigar sin pagar costas o gastos judiciales, en los términos establecidos por la ley. La providencia señala que la concesión es en función del alcance de dichas disposiciones y que la parte beneficiada no debe mejorar de fortuna para mantener este beneficio. La notificación se realiza vía electrónica, conforme al art. 10 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas del Acuerdo 4013/2021 de la SCBA.
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