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GOMEZ TELMA S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La sentencia dictada en la causa G T S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA establece la restricción del ejercicio de la capacidad jurídica de T G debido a su estado de salud mental, confirmando la incapacidad y designando apoyo a la Curaduría Oficial para su administración. El tribunal fundamenta la decisión en la normativa vigente, la evolución del paradigma en discapacidad y la evaluación interdisciplinaria que certifica su trastorno psicótico crónico estabilizado. La resolución garantiza la protección de sus derechos, manteniendo la administración de sus haberes y estableciendo que pueda ejercer el voto, pero restringiendo otros actos personalísimos.

Discapacidad Revision de sentencia Capacidad juridica Convencion sobre los derechos de las personas con discapacidad Apoyo Evaluacion interdisciplinaria Derecho de voto Restriccion Ley 26.657 Curaduria oficial


- Quién demanda: La parte actora, representada por la Curaduría Oficial Dptal., en representación de T G.

¿A quién se demanda?

T G (persona con discapacidad mental).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La determinación y restricción de la capacidad jurídica de T G, estableciendo un régimen de apoyo y limitaciones en actos de disposición y administración de bienes, preservando su autonomía para gastos cotidianos y ejercicio del voto.

¿Qué se resolvió?

Se dictó sentencia que restringe el ejercicio de la capacidad jurídica de T G en lo que respecta a actos de disposición y administración patrimonial, manteniendo la administración autónoma de sus haberes y permitiendo ejercer derechos personales como votar. La designación de la Curaduría Oficial como apoyo continúa vigente, y se ordena la revisión de la sentencia en un plazo de tres años, conforme a la normativa actual y los estándares internacionales de derechos de las personas con discapacidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a la evolución del paradigma en materia de discapacidad, y en línea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la ley 26.657, se ha establecido que la capacidad jurídica no es un concepto estático, sino que puede ser limitada o apoyada en función de las necesidades del interesado. La evaluación interdisciplinaria realizada en autos, que certifica un trastorno psicótico crónico estabilizado, y la evolución de la legislación vigente, justifican la restricción del ejercicio pleno de la capacidad, reservando la administración de bienes y actos de disposición a la Curaduría Oficial. La jurisprudencia y doctrina coinciden en que estos regímenes deben ser proporcionales, temporales y revisables, garantizando la participación y protección de los derechos de las personas con discapacidad."

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