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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación declara abstracta la cuestión planteada en el recurso de casación interpuesto contra la resolución que revocó las salidas transitorias de Julio Luján Berón Gómez, considerando que la pena venció el 13 de marzo de 2025 y el beneficiario recuperó su libertad, por lo que el motivo del recurso ha perdido virtualidad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sala III de la Cámara de Casación de La Plata analiza un recurso de casación interpuesto contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín, que había revocado la concesión de salidas transitorias a Julio Luján Berón Gómez. La Sala de Casación plantea si el motivo del recurso ha devenido abstracto, dado que la pena de 4 años de prisión, con accesorias y costas, venció el 13 de marzo de 2025, fecha en la cual el condenado recuperó su libertad. Los jueces Violini y Borinsky coinciden en que, al encontrarse vencida la pena y recuperada la libertad, la cuestión planteada en el recurso ha perdido virtualidad y debe declararse abstracta sin costas. La fundamentación se basa en que las resoluciones deben atender a las circunstancias existentes al momento de dictarse y que, en este caso, la situación jurídica del beneficiario ha cambiado sustancialmente. Los jueces adhieren a la declaración de la cuestión como abstracta, señalando que no corresponde continuar con el análisis del fondo del recurso.

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