BANCO PIANO S.A. C/ ORTIZ OLGA SUSANA S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor. La resolución se basó en el cumplimiento del plazo sin actividad y en la falta de impulso del proceso, confirmando la extinción del proceso conforme a las disposiciones del C.P.C.C. y la jurisprudencia aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Banco Piana S.A. demandó a María Cristina De Los Santos Correa en un proceso de cobro ejecutivo. La Cámara analizó la inactividad procesal del actor, quien fue intimado a continuar con el proceso y no lo hizo, guardando silencio tras la notificación y vencido el plazo establecido. La sentencia destaca que la finalidad de la caducidad es sancionar la morosidad y facilitar el desarrollo eficaz de la actividad judicial, remitiéndose a la jurisprudencia de la Suprema Corte y la doctrina internacional que respalda la extinción por inactividad. La cámara resolvió declarar la caducidad de la instancia, con costas a cargo de la parte actora, en virtud del principio objetivo de la derrota. Se fundamentó en que el proceso excedió en exceso el plazo razonable sin que la parte actora hubiera producido actividad procesal útil, conforme a la normativa y casos jurisprudenciales relevantes, incluyendo la sentencia "Furlan y familiares vs. Argentina" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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