.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires anuló la sentencia que condenaba a Tobías Emiliano Pérez por hechos de robo agravado y tentativa, ordenando un nuevo tratamiento de la pena por la omisión en la valoración de una atenuante. La decisión se basó en la vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso por omitir el tribunal el análisis de una circunstancia atenuante propuesta por la defensa.
El Tribunal de Juicios de Quilmes condenó a Tobías Emiliano Pérez a ocho años y diez meses de prisión por ser coautor de hechos delictivos relacionados con robos y tentativa de robo en circunstancias agravadas, en un procedimiento abreviado. La defensa impugnó la sentencia mediante casación alegando que la pena debió reducirse al mínimo legal, fundamentando en la omisión del tribunal de valorar una atenuante que había sido propuesta y que, en su opinión, podía haber modificado la cuantificación de la pena. El juez Violini sostuvo que la omisión de tratar la atenuante, que fue propuesta por la defensa en el acuerdo de juicio abreviado, constituye una arbitrariedad y vulnera garantías constitucionales, por lo que se debe casar la sentencia en ese aspecto y remitir el expediente para que se dé tratamiento a la cuestión omitida. El juez Maidana y el juez Carral disintieron, argumentando que la conformidad de la defensa con la pena impuesta y la improcedencia de revisar la valoración de agravantes y atenuantes en ese contexto justificaba la rechazo del recurso. El tribunal, por mayoría, resolvió hacer lugar al recurso, casar la sentencia en la parte de la determinación de la pena y devolver el expediente al tribunal de origen para que resuelva en ese aspecto conforme a los argumentos expuestos.
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