.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jesús Antonio Gaitán, confirmando la condena por robo en lugar despoblado y justificando la aplicación de la agravante por las características del lugar, además de considerar improcedentes las cuestiones de atenuantes no planteadas en la instancia previa.
- Quién demanda: (No especificado en la sentencia, probablemente el Ministerio Público Fiscal o la víctima)
- A quién se demanda: Jesús Antonio Gaitán
- Qué se reclama: Recurso de casación contra la condena de tres años de prisión por robo calificado en despoblado, y cuestionamientos sobre la aplicación de la agravante y las atenuantes no consideradas.
- Qué se resolvió: La Sala rechazó el recurso de casación, confirmando la sentencia condenatoria y justificando la aplicación de la agravante en función de que el hecho ocurrió en un lugar despoblado, y la improcedencia de modificar la calificación y las atenuantes por cuestiones que no fueron oportunamente planteadas.
Fundamentos:
El tribunal consideró que la agravante de lugar despoblado resulta adecuada dado que el robo se perpetró en un predio sin presencia de habitantes, en una zona con escasa población y medios de defensa, conforme a la doctrina y normativa aplicable. La defensa intentó cuestionar que el lugar no estuviera habitado en forma permanente, pero el tribunal sostuvo que la ley no exige que el lugar esté habitado habitualmente, sino que tenga escasa población y medios de defensa, lo cual fue acreditado.
Respecto a las atenuantes, el tribunal indicó que no corresponde analizarlas en esta instancia porque no fueron propuestas en la instancia de juicio abreviado, y que la introducción intempestiva en la casación viola los principios de bilateralidad y contradicción. Por ello, se rechazó el recurso en ambas cuestiones, con costas y sin regulación de honorarios en ese momento.
Se concluye que la decisión fue fundada en la valoración de la prueba y en la correcta aplicación del derecho, sin errores en el análisis de las circunstancias del hecho y del lugar.
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