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T. C. I. E. S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la sentencia condenatoria en juicio abreviado contra C. I. E. T. por robo agravado, rechazando los agravios del recurso de casación por su falta de arbitrariedad y fundamentación adecuada.

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El tribunal oral condenó a C. I. E. T. a 5 años de prisión por robo agravado por uso de arma, ocurrido el 2/3/24 en XXX, provincia de Buenos Aires. La defensa interpuso recurso de casación cuestionando principalmente la valoración de prueba y la calificación legal, alegando insuficiencia probatoria y falta de respaldo médico-forense. La Cámara analizó las pruebas y las valoraciones del tribunal de grado, concluyendo que la sentencia se basa en una adecuada valoración de la prueba y en hechos probados que justifican la calificación legal. Se rechazaron los agravios por considerarlos infundados y sin arbitrariedad, manteniendo la condena. La Cámara resaltó que la valoración de prueba fue razonable, y que la calificación legal fue adecuada, sin que existan vicios en la motivación del fallo. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: El tribunal destacó que la sentencia se fundamentó en pruebas coherentes y valoradas en conjunto, incluyendo declaraciones de la víctima, informes policiales, llamadas al 911, y elementos incautados en el domicilio del imputado, que en su conjunto sustentan la participación del encartado en el hecho. Se rechazó la crítica de la defensa acerca de la falta de corroboración de la declaración del denunciante, argumentando que su relato fue acompañado y congruente con otros elementos probatorios, y que la valoración probatoria realizada por el tribunal es legítima y razonable. El tribunal también sostuvo que la calificación legal de robo agravado por uso de arma es adecuada, pues el objeto hallado y las lesiones en la víctima justifican la tipificación, y que no hay arbitrariedad en la valoración de las pruebas ni en la aplicación de la norma. La defensa no logró demostrar que la sentencia adolezca de vicios o arbitrariedades, ni que la valoración probatoria haya sido irracional o arbitraria. Asimismo, se reafirmó que no existió duda razonable que beneficiara al imputado, y que la valoración de la prueba fue suficiente para sostener la condena. La Cámara concluyó que el recurso de casación carece de fundamento y debe ser rechazado, confirmando la sentencia en todos sus términos.

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