ALFONSO GLADYS ESTER Y OT C/ CRESMANI ELIGIO MARIO Y OT S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
La sentencia de primera instancia concede la usucapión del inmueble a favor de los actores, declarando la adquisición del dominio por prescripción adquisitiva de veinte años, y ordena cancelar la inscripción anterior, incluyendo una fundamentación sólida sobre la posesión de buena fe, continuidad y título ininterrumpido.
La demanda fue promovida por Gladys Alfonso y Jorge Vázquez contra Cresmani y sus herederos, reclamando la adquisición del dominio por prescripción veinteañal. La actora acredita la posesión continua, pacífica y de buena fe desde 1974, tras la venta por Cresmani en 1967, y la posterior transmisión a la actora en 2005. La sentencia destaca que la posesión de buena fe, la continuidad en el tiempo y la forma en que se ejerció, cumplen con los requisitos legales para la usucapión. Además, se analizó la oponibilidad del embargo trabado sobre el inmueble, concluyendo que no afecta la acción de usucapión. La sentencia fundamenta en la legislación vigente (art. 4015 del C.C.) y en la jurisprudencia, valorando la prueba testimonial y documental, y concluye que la parte actora ha probado la posesión por más de veinte años, por lo que se declara la adquisición del dominio y se ordena la cancelación de la inscripción anterior. La condena en costas se fija en el orden causado, y la regulación de honorarios se difiere para cuando se tengan los elementos necesarios.
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