.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de casación interpuesto contra la resolución que denegó las salidas transitorias a Jorge Luis Grabre. La decisión se fundamenta en la interpretación del artículo 450 del Código Procesal Penal, señalando que no se configura un agravio federal ni una arbitrariedad que justifique la procedencia del recurso.
La defensa de Jorge Luis Grabre interpuso recurso de casación contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón, que había confirmado la rechazo a su ingreso en el régimen de salidas transitorias. La Sala I del Tribunal de Casación analizó si el recurso era procedente, considerando que la decisión en crisis no afecta derechos de carácter federal ni presenta arbitrariedad suficiente para su admisión extraordinaria. El tribunal sostuvo que, aunque la decisión afecta la libertad personal, la normativa del artículo 450 del Código Procesal Penal limita la procedencia del recurso de casación en estos casos y no admite un "doble conforme" amplio. La jurisprudencia y doctrina citadas indican que las resoluciones que deniegan salidas transitorias no son equiparables a sentencias definitivas y su impugnación por casación requiere cumplir con los requisitos de la normativa en materia de garantías procesales y derechos humanos. La sentencia concluye que no se configura un agravio federal ni una arbitrariedad en la decisión atacada, por lo que procede rechazar el recurso de casación con costas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: