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MARINO AMADO C/ MARINO ANTONIO S/ DETERMINACIÓN PRECIO/ALQUILERES

El juez rechazó la pretensión de fijación de canon locativo promovida por Amado Marino contra Antonio Marino por falta de prueba de titularidad del inmueble. La decisión se fundamenta en que no se acreditó que el bien sea parte del acervo hereditario del causante.

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El actor, Amado Marino, demanda a Antonio Marino la fijación y cobro de canon locativo por el uso exclusivo de un inmueble en City Bell, alegando que el demandado realiza actividades comerciales y obtiene ganancias desde el fallecimiento de Genaro Marino, su hermano. La parte demandada, Antonio Marino, argumenta que la propiedad le pertenece parcialmente por adquisición y que los cánones deben considerarse desde una fecha posterior, solicitando la eximición de costas. El tribunal analiza la situación en base al art. 2328 del Código Civil y Comercial, que regula el estado de indivisión en sucesiones, señalando que no se acreditó la titularidad registral del bien en cabeza de Genaro Marino, y que las pruebas aportadas no demostraron que el inmueble forme parte del patrimonio hereditario. Se destaca que las pruebas informativas ofrecidas resultaron negativas, y que únicamente existen dichos de las partes sin instrumentos que respalden la propiedad del inmueble. Por estos motivos, el tribunal concluye que la pretensión de fijación de canon locativo no puede prosperar, ya que la propiedad del inmueble no ha sido acreditada. Se impusieron costas a la parte actora, y se rechazó la demanda.

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