.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena por delitos sexuales y rechazó el recurso de casación presentado por la defensa del condenado. La sentencia valoró la prueba testimonial y pericial, reafirmando la credibilidad de la víctima y la suficiencia de los elementos probatorios.
La defensa de Horacio Eduardo Falcón interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo condenó a 8 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y exhibición de material pornográfico a menores, en un juicio abreviado. La Cámara de Casación consideró que el recurso fue admisible, ya que se cumplen los requisitos formales y constitucionales, y que la valoración de la prueba realizada por la jueza de primera instancia fue razonable, fundamentada y acorde con la normativa vigente. La Sala afirmó que, en delitos contra la integridad sexual, el testimonio de la víctima tiene un valor relevante y que la valoración de la prueba fue exhaustiva y en línea con los principios de sana crítica y del sistema probatorio. Además, se resaltó que el acuerdo de juicio abreviado impide ahora cuestionar la valoración de la prueba, que fue previamente aceptada por el imputado y su defensa. La Cámara concluyó que no se evidencian errores o arbitrariedades en la valoración probatoria y que la sentencia se ajusta a derecho, por lo que correspondía rechazar el recurso de casación y confirmar la sentencia condenatoria.
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