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BARRAZA FERNANDO ARIELC/ ARGUELLO JORGE JESUS Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Homologación de honorarios y aprobación de acuerdo en proceso judicial por daños y perjuicios por accidente de tránsito

Danos y perjuicios Codigo civil y comercial Honorarios profesionales Liquidacion de honorarios Cumplimiento de acuerdo Tasa de justicia Codigo fiscal Accidentes de transito Homologacion de acuerdo Peritos medicos y mecanicos

La sentencia homologó un acuerdo entre las partes en el expediente por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico, ratificando los honorarios pactados y regulando los honorarios de los peritos intervinientes. Además, se ordenó la liquidación de la tasa de justicia y se dispuso el cumplimiento de lo ordenado en la regulación de honorarios, con referencia a las facultades del art. 308 del C.P.C. y los arts. 292/296 del Código Fiscal. La decisión se fundamenta en la conformidad de las partes con los honorarios y en la necesidad de formalizar el acuerdo para su ejecución. La homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada en la instancia. Fundamentos principales: "Previo a lo solicitado, hágase saber a las partes que deberán dar cumplimiento con lo allí dispuesto. Bajo apercibimiento expedir certificado a la Oficina de Ejecución de la Asesoría Pericial Departamental, encargada de fiscalizar el cumplimiento de la tasa de justicia". "De conformidad con lo dispuesto por el art.308 del C.P.C., decrétase la homologación del convenio celebrado por las partes". "En atención al estado de autos y de conformidad con lo dispuesto por los arts.25 y 28 del Dec. Ley 8904/77 confirmase los honorarios expresamente pactados del letrado apoderado de la parte actora Dr Avalos Semenza Abel Antonio en la suma de Pesos Veinte Mil ($20.000), regúlense los honorarios de la letrada apoderada de la parte demandada en la suma de Pesos Catorce Mil ($14.000) todos con más los aportes de Ley". "Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por los arts.1.251 y 1.255 del Código Civil y Comercial regúlanse los honorarios de los peritos médico, psiquiatra, y del ingeniero mecánico, en las sumas indicadas, con más el porcentaje de ley en caso de corresponder".

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