.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires rechazó el recurso de casación contra la condena de 18 años por delitos sexuales reiterados y corrupción de menores; confirmó la calificación del delito y la proporcionalidad de la pena, además ordenó la rectificación del expediente para resguardar la identidad de las víctimas.
El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió sobre el recurso de casación interpuesto por la defensora de J.V. contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 3 de Mercedes, que lo condenó a 18 años de prisión por delitos de abuso sexual agravado y corrupción de menores. La condena se fundamentó en la acreditación de que J.V., conviviente y progenitor, abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de sus hijos menores, D.L.V., J.G.V. y A.S.R., utilizando videos pornográficos y realizando actos incestuosos, incluso ejerció influencia negativa en el desarrollo sexual de los menores. La defensa cuestionaba la aplicación del artículo 125 del Código Penal y la graduación de la pena, alegando que no se probó el dolo y que la pena excedía los límites legales, además de solicitar la reducción de la sanción y la modificación del modo en que se difundieron los datos de las víctimas. El Tribunal de Casación rechazó estos agravios, considerando que la prueba fue suficiente para confirmar la calificación legal y la proporcionalidad de la pena, sustentando que la conducta del imputado tuvo una influencia dañina en el desarrollo sexual de los menores, configurando claramente el delito de corrupción de menores y abuso sexual agravado. Además, ordenó que se rectifique la publicación del fallo para proteger la identidad de las víctimas, en cumplimiento con las normativas de protección de datos y derechos de las víctimas de violencia sexual. La casación fue rechazada en su totalidad, confirmando la sentencia en todos sus términos.
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