.................... S/ RECURSOS DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena por homicidio en ocasión de robo a Rondan y Ahumada, rechazando los recursos de casación y manteniendo la sentencia de primera instancia basada en un sólido plexo probatorio.
El tribunal revisó la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 2 de San Martín, que condenó a Rondan a 10 años y a Ahumada a 15 años por delitos relacionados con homicidio, robos agravados y encubrimiento, en un contexto en el que la prueba valorada en la causa fue considerada sólida y suficiente para sostener la responsabilidad penal de los imputados. Los recursos de casación de las defensas fueron rechazados, ya que los argumentos de arbitrariedad y valoración absurda de la prueba no lograron desvirtuar el convencimiento fundado en la prueba colectivamente valorada. La valoración conjunta de testimonios, registros telefónicos, pruebas tecnológicas y evidencias físicas sustentó la hipótesis de la participación de los imputados en los hechos, y la declaración de responsabilidad se sostuvo en un conjunto de elementos que alcanzaron el estándar de certeza más allá de toda duda razonable, respetando el principio in dubio pro reo. La defensa también pretendió modificar la calificación jurídica de Rondan a tentativa de robo agravado por uso de arma, pero el tribunal consideró que la modalidad delictiva y la distribución de tareas entre los imputados demostraron un concierto previo para el desapoderamiento, con el resultado mortal incluido. La sentencia fue confirmada en todos sus términos.
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