.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires confirmó la condena de Juan Emilio Saez por abuso sexual infantil y ordenó su absolución tras analizar la valoración de la prueba y los riesgos de influencia y sugestión en la declaración de la víctima, resaltando la necesidad de una valoración rigurosa y objetiva en casos de delitos sexuales contra menores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Emilio Saez, fue condenado por un delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo, ocurrido en 2021-2022 en Tres Arroyos, mediante tocamientos en la zona genital de su hija de aproximadamente cinco años, con uso de jabón y besos en la boca. La sentencia consideró que la declaración de la menor, realizada en cámara Gesell, fue espontánea, coherente y creíble, y que los testimonios y peritajes corroboraron la relato. La valoración probatoria fue considerada adecuada y ajustada a la normativa vigente, rechazando las críticas de la defensa sobre posibles sesgos o influencias. La defensa alegó la existencia de un contexto conflictivo familiar, posibles influencias en las declaraciones y cuestionó la validez de las peritaciones. La Cámara, tras analizar los informes periciales y las circunstancias del proceso, concluyó que la hipótesis acusatoria estaba suficientemente probada, pero en disidencia, el juez Carral sostuvo que existían dudas razonables y que las pruebas no alcanzaban a excluir hipótesis de influencia o error. La mayoría de los jueces, en cambio, consideraron que la valoración de la prueba fue correcta y que no se acreditaron vicios en el proceso, por lo que confirmaron la condena y ordenaron la absolución del imputado, con costas. La resolución enfatizó la importancia de una valoración probatoria rigurosa y la protección del principio de presunción de inocencia.
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