.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la resolución que denegó el ingreso en régimen de salidas transitorias a Carlos Alfredo Grabre, considerando que no se violaron garantías constitucionales ni normas federales, y que la resolución atacada no fue arbitraria.
La defensa de Carlos Alfredo Grabre interpuso recurso de casación contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón, que confirmó la denegatoria de ingreso del condenado en régimen de salidas transitorias. La defensa argumentaba que la resolución era arbitraria e inmotivada. El Tribunal de Casación analizó si existían agravios de naturaleza federal o violaciones constitucionales que justificaran la procedencia del recurso. Los jueces Carral y Maidana concluyeron que la resolución no presentaba arbitrariedad ni vulneraba garantías constitucionales, y que el recurso no tenía sustento en agravios federales suficientes. La normativa del artículo 450 del Código Procesal Penal establece límites en la admisibilidad de los recursos, y en este caso, no se acreditó la existencia de agravios que lo ameritaran. Por ello, se rechazó el recurso de casación con costas. Fundamentos principales: "El recurso de casación no puede prosperar en el supuesto en análisis dado que la resolución atacada no violó garantías constitucionales ni normas federales, y no se advierte arbitrariedad en la decisión. La normativa del artículo 450 del Código Procesal Penal establece límites claros a la procedencia del recurso, los cuales no se vieron vulnerados en el presente caso. La decisión de la Cámara de Morón fue fundada en la valoración de las circunstancias del condenado y en la normativa aplicable, sin que exista un agravio federal que justifique la intervención de esta instancia superior."
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