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J. J. E. C/ D.M. S.L S/ DAÑOS Y PERJUICIOS POR AFECTACION A LA DIGNIDAD

Condena a la demandada por daños y perjuicios por afectación a la dignidad, estableciendo responsabilidad civil y fijando una indemnización de $7.500.000 más intereses. La sentencia fundamenta en la responsabilidad por hechos que afectaron la dignidad del actor, vinculados a una denuncia penal de abuso sexual sobre la cual hubo sobreseimiento.

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El actor, J.J. E., demanda a D. M. S. L. por daños y perjuicios derivados de la afectación a su dignidad, motivada por una denuncia penal de abuso sexual formulada por la demandada en su contra, que generó un daño moral y psicológico, así como perjuicios económicos y en su credibilidad social. La causa penal fue sobreseída en 2023, pero se acreditó que la denuncia fue calumniosa y maliciosa, afectando la honra y la dignidad del actor. El tribunal considera probado que la denuncia fue falsa y que la conducta de la demandada implicó una lesión a la dignidad humana, responsabilizándola civilmente. La valoración de la prueba, incluyendo declaraciones y peritaje psicológico, sostiene que la afectación psíquica y moral del actor justifica una indemnización significativa, fijada en $7.500.000, con intereses del 6% desde la fecha del hecho (09/05/2022). La sentencia también impone las costas a la parte demandada. Fundamentos principales: "En virtud de la evidencia producida, resulta indubitable que la denuncia de abuso sexual fue calumniosa y maliciosa, afectando la honra, la reputación y la dignidad del actor. La ley y la jurisprudencia establecen que la falsedad en la denuncia genera responsabilidad civil por daños y perjuicios. La prueba psicológica confirma el daño emocional y psicológico sufrido, justificando la reparación integral. La conducta de la demandada, al promover una denuncia infundada, vulneró derechos fundamentales del actor, en particular su dignidad, que es inviolable y debe ser respetada en toda circunstancia." "Por todo ello, y en virtud de la gravedad de la conducta y del daño acreditado, corresponde sancionar a la parte demandada con la suma de $7.500.000, más intereses y costas, en resguardo del derecho a la dignidad y la honra del actor."

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