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DI NAPOLI MARIA INES C/ URBIETA PABLO AGUSTIN Y PARDO ALBERTO DOMINGO S/ RESCISION DE CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES

La sentencia declara la responsabilidad contractual de los demandados por incumplimiento en la entrega de equipos de medición satelital, resuelve la rescisión del contrato y condena a los mismos al pago de $ 2.641.272 por daños y perjuicios, con intereses.

Responsabilidad contractual Rescision de contrato Danos y perjuicios Incumplimiento Software no original Gps casero Responsabilidad por productos defectuosos Dano moral Indemnizacion Pericia tecnologica

La actora, María Inés Di Napoli, promovió acción judicial contra Pablo Urbieta y Alberto Pardo por la rescisión de un contrato de compraventa y daños y perjuicios derivados de la entrega de software no original y un GPS casero. La demanda fue fundada en que los demandados le ofrecieron un sistema de medición satelital con licencia y software original, que posteriormente se comprobó no ser así, entregándole productos defectuosos e ilegales. La sentencia consideró probado que los demandados incumplieron sus obligaciones contractuales al suministrar bienes defectuosos, en particular software no original y un GPS casero, sin licencias válidas, y que ello causó daños patrimoniales y morales a la actora. Se resolvió la rescisión del contrato y se condenó a los demandados a pagar la suma de $ 2.641.272, con intereses desde la demanda. La decisión se fundamentó en que la entrega de bienes defectuosos, ilegales y sin autorización de derechos de autor constituye incumplimiento grave, que justifica la resolución contractual y la reparación de daños. La prueba pericial y documental avaló la existencia de la falsificación y la mala fe en la comercialización. La jurisprudencia aplicable confirmó que el incumplimiento en contratos de compraventa de software y equipos tecnológicos justifica la rescisión y la indemnización, y que la responsabilidad civil surge del incumplimiento contractual, especialmente cuando se entregan productos defectuosos y sin licencias. La sentencia también considera que la responsabilidad por daños morales y daños emergentes corresponde por la frustración de expectativas y perjuicios económicos sufridos por la actora. La condena incluye intereses calculados a la tasa del 6% anual desde la fecha de la demanda, actualizada a valores actuales.

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