C.M.C. C/ O.M.A.S.A. Y OT. S/ DS. Y PS
La Cámara rechazó la demanda por responsabilidad médica contra los profesionales y la institución sanatorial, considerando que no se acreditaron lesiones previas ni conducta negligente, y que la atención brindada fue adecuada dadas las circunstancias clínicas. La respuesta de los médicos fue conforme a protocolo y no se probó culpa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, M. C. C., demanda daños por mala praxis tras sufrir lesiones en una caída, alegando errores en diagnóstico y tratamiento, que habrían agravado su estado y producido lesiones irreversibles, incluyendo fracturas vertebrales y cifosis. La respuesta de los demandados sostiene que la atención fue adecuada, que no existieron lesiones no diagnosticadas, y que las complicaciones posteriores son propias del cuadro traumático y condiciones de salud preexistentes. La prueba pericial concluyó que no hubo evidencia de fracturas vertebrales en el ingreso, que las lesiones observadas fueron osteoporóticas y que la conducta médica se ajustó a los protocolos en circunstancias de gravedad y urgencia. La causa fue rechazada por falta de prueba de negligencia o impericia, y por no haberse acreditado la existencia de lesiones previas o errores que hubieran modificado el curso clínico.
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