ALVAREZ YEBARA ROGELIO Y OTRA C/ MARTINEZ TORRES EQUICIO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ.POR USO AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)(SIN RESP.EST.)
El tribunal decreta la caducidad de instancia en un proceso por daños y perjuicios por uso automotor. La resolución se basa en la inactividad procesal del actor tras la intimación y transcurrido el plazo legal, confirmando la extinción del proceso por caducidad conforme a los arts. 310 y 315 del C.P.C.C.
El tribunal, en autos caratulados "ALVAREZ YEBARA ROGELIO Y OTRA C/ MARTINEZ TORRES EQUICIO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ.POR USO AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)(SIN RESP.EST.)", declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal del actor. La parte actora fue intimada mediante resolutorio de 28/05/2025, notificándose de acuerdo con la ley. El tribunal fundamenta su decisión en que transcurrió el plazo establecido en el art. 310 inc. 3 del C.P.C.C. sin que se registren actividades útiles, y en conformidad con el art. 315 del mismo cuerpo legal, que permite la extinción del proceso por caducidad. La resolución expresa que "corresponde decretar la caducidad de instancia, lo que así declaro", y que las costas se imponen a la parte vencida (la actora). Además, dispuso difundir los honorarios para oportunidad futura y ordenó notificación y registro de copia.
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