ORELLANO MARIA GIULIANA S/ INFORMACIÓN SUMARIA
Se acredita la convivencia de Maria Giuliana Orellano con Ferrero Nahuel en Bahía Blanca, hasta su privación de libertad, a partir de prueba testimonial y documental. La sentencia establece la convivencia y ordena la entrega de testimonio.
La sentencia fue dictada en un proceso donde Maria Giuliana Orellano solicitó acreditar la convivencia con Ferrero Nahuel, quien se encontraba privado de su libertad. La prueba testimonial y el informe del registro penitenciario demostraron que ambos convivieron en calle Lavalle 225, Bahía Blanca, hasta que Ferrero Nahuel fue privado de su libertad. El tribunal consideró que la información sumaria, aunque prima facie y con carácter provisorio, era suficiente para acreditar la convivencia, dado que la prueba testimonial corroboró la declaración del interno y la información del registro penitenciario. La decisión se fundamentó en la naturaleza de la prueba testimonial, la declaración del interno, y la información oficial del establecimiento penitenciario. La resolución ordenó la entrega del testimonio correspondiente a la interesada y la notificación de la misma.
Fundamentos principales:
"Que la información sumaria es un procedimiento probatorio prima facie, dotado de cierto carácter de provisoriedad, y que debe agregarse a los demás hechos que deben surgir de prueba complementaria que ha de aportarse a la testimonial ofrecida, ya que las declaraciones testimoniales no hacen plena prueba, quedando librada su apreciación al arbitrio judicial."
"Analizada la prueba producida en autos, queda demostrado que la Sra. Orellano y el Sr. Ferrero convivieron en el mismo domicilio hasta que este último fue privado de su libertad, lo que así declaro."
"Por el mérito de lo dispuesto por los arts. 168 -1er. Párr.
- y 171 de la Constitución Provincial y arts. 166 y cc. del CPCC, RESUELVO: Tener por acreditado que Maria Giuliana Orellano convivía con Sr. Ferrero Nahuel en calle Lavalle 225 de Bahía Blanca, hasta que este último fue privado de su libertad."
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